Según el escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, J.C.M.L. comenzó a maltratar psicológicamente a la que entonces era su mujer, A.M.C.R., con insultos como «zorra, puerca, cerda», además de amenazarla con «quedarse sola, sin hijos y sin casa» si se separaba.
Asimismo, el procesado la agredió en varias ocasiones, forcejeando con ella y propinándole empujones, además de romper objetos de la casa delante de los hijos menores del matrimonio, llegando a insultar y agredir al mayor cuando trataba de defender a su madre.
Situaciones que se repetían con más frecuencia los fines de semana, cuando llegaba al domicilio en estado de embriaguez.
Así, una de las noches, el procesado propinó un puñetazo en el oj., cuando esta le quitó las llaves del coche para evitar que condujera bebido.
En otra ocasión, el acusado le dio una patada a su hijo mayor, impidiéndole jugar un partido de fútbol a causa de los dolores.
Del mismo modo, en enero de 2018, J.C.M.L. agredió al menor, que se levantó de la cena y se dirigió a su cuarto.
Una vez en la habitación, el procesado golpeó en la cabeza y el cuello a su hijo, llegando a romperle el plato de comida.
Episodios que se agravaron a partir del verano de 2017, cuando le pidió el divorcio, lo que provocó un aumento de la agresividad del acusado, que, en una ocasión, se encaró con su hijo, propinándole empujones y puñetazos, precisando el menor de atención psicológica en el Centro de Atención a la Mujer.
Como consecuencia de estas agresiones, A.M.C.R. presenta sintomatología ansiosa depresiva.
Unos hechos que la Fiscalía considera que son constitutivos de un delito de malos tratos por el que piden 24 meses de prisión y la privación al derecho de tenencia y porte de armas durante cuatro años y seis meses.
El Ministerio Fiscal también solicita la pena de 18 meses de prisión por dos delitos de maltrato en el ámbito familiar, así como la privación al derecho de tenencia y porte de armas por cinco años.
Además, el acusado no podrá acercarse a A.M.C.R. ni a su hijo a menos de 500 metros durante tres años.